La Dirección General de Tributos (DGT), en su consulta vinculante V0983-25, de 10 de junio de 2025, ha precisado el tratamiento fiscal de la comisión cobrada por el Banco de España en las transferencias derivadas de la inversión en letras del Tesoro. Según el criterio del Centro directivo, dicha comisión es deducible al calcular el rendimiento del capital mobiliario en el IRPF.
La Resolución de 8 de marzo de 1990 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera regula el convenio entre el Banco de España y el Estado para las cuentas directas de Deuda del Estado. Esta norma establece que las transferencias de efectivo generadas por cupones y amortizaciones devengan una comisión a favor del Banco de España, deducida del importe nominal de la transferencia.
La DGT recuerda que el artículo 25.2 de la Ley del IRPF califica como rendimientos del capital mobiliario los obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios. En particular, la letra b) del citado precepto establece que en el caso de reembolso o amortización de valores, el rendimiento se calcula por la diferencia entre el valor de transmisión o reembolso y el valor de adquisición, computándose también los gastos accesorios debidamente justificados.
En consecuencia, la DGT concluye que las comisiones cobradas por el Banco de España en concepto de transferencias minoran el valor de reembolso de las letras del Tesoro y, por tanto, deben considerarse deducibles a efectos del cálculo del rendimiento del capital mobiliario en el IRPF.
Este criterio es relevante para los asesores fiscales, ya que confirma que los gastos asociados a la operativa con Deuda del Estado pueden incidir en la determinación del rendimiento sujeto a tributación. La correcta justificación documental de estas comisiones será esencial para que puedan ser aplicadas como gasto deducible.
La consulta refuerza la necesidad de un análisis detallado de los costes vinculados a productos financieros públicos, incluso en instrumentos considerados seguros como las letras del Tesoro. Para los despachos de asesoría fiscal, la recomendación pasa por revisar cuidadosamente las liquidaciones de los clientes inversores, a fin de optimizar la tributación y evitar posibles discrepancias con la Administración tributaria.