Derecho a intereses de demora en la devolución de IRPF por retrasos de hacienda
13 de mayo de 2024
Derecho a intereses de demora en la devolución de IRPF por retrasos de hacienda
Al presentar la declaración de la renta con resultado a devolver, es fundamental conocer los derechos que asisten al contribuyente en caso de demoras por parte de la Agencia Tributaria.
Uno de estos derechos es recibir intereses de demora si Hacienda no emite la orden de pago de la devolución dentro del plazo legal establecido de seis meses.
Plazo para la devolución del IRPF
La Agencia Tributaria tiene un periodo de seismeses para ordenar la devolución del tu IRPF, contados desde el fin del plazo voluntario de presentación:
Para la declaración del IRPF, el plazo de este 2024 finaliza el 1 de julio.
Si presentas tu declaración después del 1 de julio, los seis meses se contarán desde la fecha de presentación de la declaración.
Cómo se calculan los intereses de demora
Los intereses de demora se calculan desde el día siguiente al vencimiento del plazo de seis meseshasta la fecha en la que Hacienda efectivamente ordene el pago de la devolución. Lo destacable de este proceso es que no necesitas realizar ninguna solicitud especial para que estos intereses sean aplicados; la Agencia Tributaria está obligada a liquidarlos automáticamente.
Es recomendable mantener un seguimiento del estado de tu declaración a través de la página web de la AEAT. Para ello, puedes acceder a los servicios de “Renta2023” y consultar tu expediente utilizando opciones como el DNI electrónico, Cl@vePIN o la referencia del borrador.
Sabemos que la gestión de las obligaciones fiscales y el seguimiento de las devoluciones puede ser complejo. Por ello, desde ADADE/E-Consulting, queremos asegurarte que tus derechos como contribuyente sean plenamente respetados y que aproveches todas las oportunidades y beneficios disponibles.