Boletín de Noticias Red 7/2023 con aclaraciones sobre las nuevas situaciones de incapacidad temporal

La TGSS ha publicado su boletín de noticias red (BNR) 8/2023 de 16 de marzo de 2023, informando sobre las principales novedades en materia de incapacidad temporal tras la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero y el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo.

El Boletín de Noticias Red 7/2023 de 16 de mayo de 2023 informa sobre:

NUEVAS SITUACIONES ESPECIALES DE INCAPACIDAD TEMPORAL POR CONTINGENCIAS COMUNES: Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero

La disposición final tercera de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo introduce, en su disposición final tercera, modificaciones en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social -LGSS- en relación a la creación de las siguientes situaciones especiales de IT de contingencias comunes:

  • IT por menstruación incapacitante secundaria.
  • IT por interrupción voluntaria del embarazo.
  • IT por gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena.

Actuaciones en el ámbito de afiliación y cotización:

Hasta que se proceda a la implantación de la aplicación automática de las condiciones de cotización asociadas a cada una de las 3 nuevas situaciones especiales de IT -lo que se informará a través de las vías de comunicación habituales-, en función de la información proporcionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social -INSS-, para la aplicación en las liquidaciones de cuotas de estas condiciones de cotización se deberá solicitar dicha aplicación a través del trámite “Situaciones especiales de IT” de la aplicación CASIA, ubicado en la siguiente ruta – Afiliación, altas y bajas/variación datos cuenta ajena/Sit. Especiales IT-.

En cualquier caso, las nuevas situaciones especiales de IT se aplicarán a las liquidaciones de cuotas, con carácter general, mediante las peculiaridades que identifican la IT de pago delegado derivada de contingencias comunes -TPC 21 ó 25, en caso de aplicación diferida de la compensación por IT-, iniciándose la posibilidad de la compensación de cuotas desde el inicio de la prestación (el mismo día de la baja médica en la situación especial de menstruación incapacitante secundaria y al día siguiente en las situaciones especiales de interrupción del embarazo y gestación desde el día primero de la 39º semana de gestación).

En el caso de trabajadores a los que se les deba aplicar la IT en régimen de pago directo, se calculará el TPC 22 por el período de la prestación.

Asimismo, en el caso de situación especial de IT desde el día primero de la 39º semana de gestación, cuando no se haya alcanzado período de cotización mínimo para el acceso a la prestación, se calculará el TPC 22.

A tal efecto, en las correspondientes peculiaridades de cotización se aplicarán los siguientes colectivos incentivados:

Colectivo incentivado situación especial ITCC

Peculiaridad

 Situación especial

8048 – ITCC P.DELEGADO. MENSTR.INCAP.SECUND.

21

Menstruación incapacitante secundaria

8049 – ITCC P.DIRECTO. MENSTR.INCAP.SECUND.

22

8050 – ITCC P.DELEG.DIFER.MENSTR.INCAP.SECUND.

25

8051 – ITCC P.DELEG.MES ANT.MENSTR.INCAP. SECUN.

26

8052 – ITCC P.DELEGADO. INTERRUPCIÓN EMBARAZO

21

Interrupción embarazo

Interrupción embarazo 8053 – ITCC P.DIRECTO. INTERRUPCIÓN EMBARAZO

22

8054 – ITCC P.DELEG.DIFERIDO INTERRUP. EMBARAZO

25

8055 – ITCC P.DELEG.DIFER.MES ANT. INTER. EMBAR

26

8056 – ITCC P.DELEGADO. EMBARAZO 39ª SEMANA

21

 

39º semana gestación

8057 – ITCC P.DIRECTO. EMBARAZO 39ª SEMANA

22

 

8058 – ITCC P.DELEG.DIFER. EMBARAZO 39ª SEMANA

25

8059 – ITCC P.DELEG.DIFER.MES ANT.EMBA. 39ª SEM

26


Actuaciones en el ámbito de las liquidaciones de cuotas

Las compensaciones de cuotas por las nuevas situaciones especiales de IT podrán ser aplicadas en las liquidaciones de cuotas con los mismos conceptos económicos que las compensaciones de cuotas por el resto de las prestaciones de IT derivadas de contingencias comunes.

Actuaciones en el ámbito de las liquidaciones de cuotas

Las compensaciones de cuotas por las nuevas situaciones especiales de IT podrán ser aplicadas en las liquidaciones de cuotas con los mismos conceptos económicos que las compensaciones de cuotas por el resto de las prestaciones de IT derivadas de contingencias comunes.

Actuaciones en el ámbito de los Ficheros FDI y servicio on-line de comunicación de partes de baja, confirmación y alta

No se precisa realizar ningún tipo de actuación específica respecto de la comunicación de datos a través de los ficheros FDI o servicio on-line establecidos a estos efectos. Las empresas deberán comunicar al INSS la acción/tipo de parte “DE” de la misma forma que se comunica para cualquier otro proceso de IT por contingencias comunes.

Cuadro resumen

Se incluye a continuación cuadro con la información detallada para la aplicación en las liquidaciones de cuotas de las nuevas situaciones especiales por IT:No se precisa realizar ningún tipo de actuación específica respecto de la comunicación de datos a través de los ficheros FDI o servicio on-line establecidos a estos efectos. Las empresas deberán comunicar al INSS la acción/tipo de parte “DE” de la misma forma que se comunica para cualquier otro proceso de IT por contingencias comunes.

Cuadro resumen

Se incluye a continuación cuadro con la información detallada para la aplicación en las liquidaciones de cuotas de las nuevas situaciones especiales por IT: