La Dirección General de Tributos (DGT) ha despejado una de las dudas más recurrentes en el ámbito de los impuestos especiales: no existe un límite máximo de litros de gasolina exenta del Impuesto sobre Hidrocarburos (IH) en los suministros a embarcaciones de pesca profesional. Así lo recoge en su consulta vinculante V0980-25, de 10 de junio de 2025.
La consulta partía de una entidad que gestiona un puerto deportivo y una estación de servicio que suministra combustible tanto a barcos de recreo como a embarcaciones de pesca. El interrogante: ¿puede aplicarse la exención del IH sin tope de litros a las embarcaciones registradas en lista tercera, reservada a la pesca profesional?
La respuesta de Tributos es clara: sí, siempre que se cumpla con los procedimientos exigidos por la normativa.
El artículo 51.2.b) de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales establece la exención del IH para carburantes destinados a la navegación, incluida la pesca, salvo en el caso de la navegación privada de recreo.
Para beneficiarse de este régimen, el Reglamento de los Impuestos Especiales (RD 1165/1995) fija un estricto sistema de control: el artículo 102 regula el procedimiento de avituallamiento, que requiere la emisión de un documento administrativo electrónico con todos los datos de la operación, mientras que los artículos 27 y 29 establecen los procedimientos de circulación y ventas en ruta.
Tributos concluye que la exención depende únicamente de dos factores:
En ningún caso la norma introduce un límite de litros.
La resolución subraya además la diferencia con la navegación privada de recreo, para la que la exención queda expresamente excluida.
Con este pronunciamiento, la DGT refuerza la seguridad jurídica en un sector tan sensible como el pesquero, donde los costes de combustible representan una parte sustancial de la actividad. Para los asesores fiscales, la enseñanza es evidente: no hay restricciones de volumen, pero sí un cumplimiento formal riguroso. El verdadero riesgo no está en la cantidad suministrada, sino en fallar en la trazabilidad y documentación exigida por la normativa.