El TEAC confirma: no procede aplicar el tipo reducido del 10 % en contratos de leasing de viviendas destinadas al arrendamiento
17 de septiembre de 2025
El TEAC confirma: no procede aplicar el tipo reducido del 10 % en contratos de leasing de viviendas destinadas al arrendamiento
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), en fecha 19 de junio de 2025, ha confirmado que no resulta aplicable el tipo reducido del 10 % de IVA en los contratos de arrendamiento financiero con opción de compra sobre inmuebles destinados al subarrendamiento a terceros.
El caso planteado
Una entidad formalizó un contrato de leasing con opción de compra sobre un inmueble compuesto por viviendas y locales.
El arrendador repercutió el 21 % de IVA en las cuotas.
El contribuyente solicitó la devolución de ingresos indebidos, alegando que el tipo aplicable debía ser el 10 %, conforme a los artículos 79.Dos y 91.Uno.2.11º de la LIVA.
Postura de la AEAT
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) rechazó la solicitud y sostuvo que debía aplicarse el tipo general del 21 %, basándose en criterios anteriores, como la consulta vinculante de la Dirección General de Tributos de 28-12-2017.
Decisión del TEAC
El TEAC desestimó el recurso del contribuyente y ratificó la posición de la AEAT. Entre sus fundamentos destacan:
Excepcionalidad de los tipos reducidos
Solo son aplicables en supuestos estrictamente previstos en la normativa.
No basta con que el inmueble tenga características de vivienda; es necesario analizar el destino efectivo (TS, 25-4-2016, EDJ 44987).
Destino exclusivo a vivienda
El tipo reducido exige que el inmueble sea utilizado como vivienda por el propio arrendatario.
Si el arrendatario lo subarrienda a terceros, el uso real pasa a ser una actividad económica de cesión, lo que excluye la aplicación del 10 %.
Conclusión
El TEAC reafirma que únicamente el uso directo como vivienda por parte del arrendatario permite aplicar el tipo reducido del 10 %. Cuando se trata de subarrendamiento, el tipo aplicable sigue siendo el 21 % de IVA.